AUTO CONSTITUCIONAL N° 32/2002-CDP
Fecha: 08-Jul-2002
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que dentro del indicado Recurso, el Tribunal dictó la Sentencia Constitucional N° 147/02-R de 20 de febrero de 2002 aprobando el fallo de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Oruro mediante el que se declaró procedente el Recurso, con la modificación de que el Alcalde Municipal en forma inmediata atienda la petición formulada.
Que a instancia del recurrente el Tribunal de Amparo dicta el Auto de 19 de abril de 2002 (fs. 127) abriendo término de prueba de ocho días para la averiguación de daños y perjuicios, transcurrido el cual emite Resolución de 31 de mayo de 2002 en la que establece el pago de daños y perjuicios en la suma de Bs1000.- a cargo de los recurridos Edgar Bazán Ortega y Graciela Limachi Gomez.