AUTO CONSTITUCIONAL Nº 323/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 323/2002-CA

Fecha: 05-Jul-2002

Expediente Nº 2002-04575-09-RDI

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 323/2002-CA

Sucre, 5 de julio de 2002

Recurrente:       Roberto Fernández Orozco, Diputado Nacional.

                 Materia:             Recurso     Directo   o     Abstracto      de

                                              Inconstitucionalidad    

VISTOS: El Auto Constitucional Nº 260/2002-CA de 4 de junio de 2002, diligencia de notificación de fs. 18, el memorial que antecede; y,

CONSIDERANDO:  Que, por Auto Constitucional Nº 260/2002-CA de 4 de junio de 2002, cursante a fojas 16 del expediente, se dispuso que el recurrente  en el plazo de 10 días,  acredite su calidad de Diputado Nacional y adjunte la copia o fotocopia legalizada de la Resolución Camaral de 15 de mayo de 2002 pronunciada por la Cámara de Senadores e impugnada s través de presente Recurso.

Que, consta  de la diligencia de fojas 18 del expediente, que el recurrente fue  notificado en fecha 7 de junio de 2002 con el referido Auto Constitucional Nº  260/2002-CA, habiendo transcurrido hasta la fecha superabundantemente el plazo otorgado sin que se hubiera subsanado la deficiencia formal observada.

POR TANTO: La Comisión de Admisión en aplicación a lo dispuesto por el art. 32 de la Ley Nº 1836, dispone tenerse por NO PRESENTADO  el Recurso Directo de Nulidad interpuesto por Roberto Fernández Orozco, de fojas 12 a 14 del expediente.

Regístrese, hágase saber y archívese.

COMISION DE ADMISION

Fdo. Dr. Willman Ruperto Durán Ribera

DECANO

Fdo. Dra. Elizabeth I. de Salinas

MAGISTRADA

Fdo. Dr. José Antonio Rivera Santivañez

MAGISTRADO

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