AUTO CONSTITUCIONAL 359/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 359/2002-CA

Fecha: 02-Ago-2002

I.         ANTECEDENTES

Por Auto Constitucional 316/2002-CA de 4 de julio de 2002, la Comisión de Admisión dispone que la recurrente acredite  la interposición del recurso dentro del plazo de treinta  días establecido por el art. 81 de la Ley 1836, del Tribunal Constitucional (LTC) con referencia a las  Resoluciones Administrativas Sumariales  02/2002 de 13 de febrero de 2002, 06/2002 de 14 de marzo de 2002 y 08/2002 de 28 de marzo de 2002 impugnadas, con el mismo que es notificada en doce de julio de 2002.

Por memorial que antecede, Margarita Calvo Calvo, solicita el retiro  del memorial enviado vía fax en 24 de julio de 2002, ante la imposibilidad de subsanar el defecto formal observado  en Auto Constitucional 316/2002-CA de 4 de julio de 2002, ateniéndose a lo dispuesto en la segunda parte del art. 32 de la Ley 1836, del Tribunal Constitucional, de 1º de abril de 1998 (LTC).