AUTO CONSTITUCIONAL 418/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 418/2002-CA

Fecha: 11-Sep-2002

en especial para actuar como Director Ejecutivo de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos de La Paz “COTEL Ltda.

            Examinados los antecedentes y documentación adjunta, la Comisión de Admisión ha verificado que el recurrente Jürgen Kurz, Director Ejecutivo de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos de La Paz (COTEL Ltda..) no ha dado cumplimiento  al primer requisito establecido por el 82.II  de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) referido a acreditar su personería por cuanto si bien acompaña poder  conferido  por los  Gerentes Técnico y  Comercial en calidad de representantes de la empresa “Compañía DETECON GMBH, Sociedad Comercial,  a objeto de que represente a la sociedad en todos  sus derechos y acciones que tiene la Compañía en la República de Bolivia  y en especial para actuar como Director Ejecutivo de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos de La Paz “COTEL Ltda.en virtud de Contrato de Administración y Operación suscrito  con dicha empresa, no acompaña el referido contrato.