AUTO CONSTITUCIONAL 552/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 552/2003-CA

Fecha: 14-Nov-2003

I.1. Antecedentes

El recurrente refiere que el 10 de septiembre del año en curso, actuando como sujeto de derecho privado, su mandante en su condición de propietario de unos terrenos ubicados en la localidad de Ulincate, Sección Sacaba, Provincia Chapare del Departamento de Cochabamba, suscribió un contrato de comodato con el Comando General del Ejército representado por el Coronel DAEN Gonzalo Lora Araoz en su condición de Comandante de la Escuela Militar de Sargentos “Maximiliano Paredes”, contrato a título gratuito por el plazo de dos años en beneficio directo de las Fuerzas Armadas de la Nación.

Continúa refiriendo que después de los luctuosos acontecimientos suscitados en nuestro país los meses de septiembre y octubre del año en curso que culminaron con la renuncia forzada del Presidente Constitucional Gonzalo Sánchez de Lozada, se desató una verdadera persecución política contra la persona y los bienes de aquel, de su poder conferente y otros ciudadanos que desempeñaron las funciones de Ministros de Estado, persecución instigada por algunos sectores políticos y sindicales y que varias personas previamente organizadas intentaron asaltar la propiedad anteriormente descrita para adueñarse de la misma aduciendo ser parte del Movimiento Sin Tierra y que dichos terrenos les pertenecían, sin acreditar derecho alguno, intenciones ilegales que no fueron cumplidas dado que los terrenos se encontraban ocupados por efectivos militares.

Afirma que  extrañamente el Viceministro de Justicia Carlos Alarcón empezó a realizar algunas declaraciones en las que ponía en duda la legalidad y legitimidad del contrato de comodato, pretendiendo de esa forma desconocer el mismo para obtener el retiro de los efectivos militares y permitir que los saqueadores organizados ocupen la propiedad y que el 4 de noviembre de 2003, el actual Ministro de Defensa Nacional, Gonzalo Arredondo Millan emitió la Resolución Ministerial 1082 en la que revoca de oficio el contrato de comodato por vicios existentes al momento de su celebración disponiendo el retiro de los equipos de equitación de la Escuela Militar de Sargentos, el retiro de las unidades militares que se encuentran en tenencia del inmueble y la entrega de la misma a su propietario.