SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1918/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1918/2003-R

Fecha: 18-Dic-2003

improcedente

c)   No existe dato alguno que revele que el fiscal recurrido hubiese perseguido al recurrente ni que hubiese expedido mandamiento de aprehensión, ya que sólo se limitó a sostener que fue convocado para actos propios de la etapa preparatoria, lo que no atenta a la libertad del recurrente, toda vez que el fiscal, como director funcional de la investigación, está facultado para hacer comparecer no sólo al imputado sino a toda persona que crea conveniente, a efectos de esclarecer el hecho denunciado.