AUTO CONSTITUCIONAL 077/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 077/2003-CA

Fecha: 14-Feb-2003

cree, modifique o suprima un tributo, impuesto, tasa, patente, derecho o contribución de cualquier clase o naturaleza

El recurso contra tributos y otras cargas públicas, al tenor del art. 68 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), procede contra toda disposición legal que cree, modifique o suprima un tributo, impuesto, tasa, patente, derecho o contribución de cualquier clase o naturaleza, que hubiere sido establecida sin observar las disposiciones de la Constitución Política del Estado.

En el caso de análisis, el recurrente demanda la inconstitucionalidad del proveído de 3 de septiembre de 2002 pronunciado por el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales como consecuencia del memorial  presentado por la Asociación Nacional de Concesionarios de Zonas Francas (ANCOZOFRA),  solicitando que se amplíe al total de concesionarios de zonas francas a nivel nacional,  los alcances y efectos de los fallos judiciales ejecutoriados y del pronunciamiento emitido por la Dirección Distrital GRACO de Cochabamba a favor de ZOFRACO S.A.