Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0468/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
improcedente
La Resolución de 3 de febrero de 2003 (fs. 30-31), declaró improcedente el recurso con el fundamento de que en el caso de estudio, el amparo constitucional resulta prematuro o anticipado, ya que fue interpuesto antes de que sea resuelto el recurso de revocatoria en el plazo de ley, el cual en caso de negativa le abre la vía del recurso jerárquico, circunstancia que importa la existencia de otros medios para la protección de los derechos del actor.