SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0702/2003-R
Fecha: 27-May-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 23 de abril de 2003 (fs. 7 a 8), el recurrente expresa que en el Juzgado del recurrido, tramitó el proceso ordinario de divorcio, cuya sentencia ejecutoriada, le ordena pasar asistencia familiar a favor de sus hijas menores de edad habidas en matrimonio; sin embargo, al no haber podido pagar mensualmente dicha asistencia familiar, mediante mandamiento de apremio librado por el Juez recurrido, se dispuso su detención en el Penal de San Pedro desde el 17 de octubre de 2002 hasta la fecha, es decir por más de los 6 meses señalados por el art. 11.I) de la Ley de abolición de prisión y apremio corporal por obligaciones patrimoniales (LAPACOP), pues no obstante que el 15 de abril de 2003, en mérito al certificado de permanencia y conducta expedido por el Gobernador del Penal de San Pedro, pidió al Juez recurrido día y hora a efectos de obtener su libertad previo juramento de ley, dicho memorial no fue providenciado hasta el presente, y como no obtuvo su libertad el 17 de abril, como correspondía, con esa omisión e incumplimiento de la norma citada por parte del juzgador demandado, estuvo indebida e ilegalmente detenido del 18 a 23 de ese mes.
Por otra parte, en ejecución de sentencia planteó acción de cesación de asistencia familiar, contra Lucia Loza Gutiérrez y sus dos hijas mayores, proceso que hasta la fecha no ha concluido, porque no se está tramitando en la vía sumaria, sino que se pretende aplicar el art. 61 y siguientes de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF), normas que están establecidas para los jueces instructores en la fijación de la asistencia familiar.