AUTO CONSTITUCIONAL 289/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 289/2003-CA

Fecha: 24-Jun-2003

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Argumentan los recurrentes que al ser inconstitucional el nombramiento del Senador Bonifaz Bellido,  la designación del Presidente y Vicepresidente en la que participó dicho Senador está viciada de nulidad, por consiguiente el nombramiento del Ministro de Educación, Hugo Carvajal Donoso es ilegal e inconstitucional al igual que la designación y posesión de su personal subalterno así como todos los actos administrativos firmados por esta autoridad son nulos de pleno derecho, entre ellos  a Convocatoria y Reglamento para optar el cargo de Director de Unidad Educativa de 7 de mayo de 20203,  la que al ser nula de pleno derecho es ilegal, no ha nacido a la vida del derecho y no genera efectos, consecuencias o inferencias jurídicas.