Por memorial presentado el 29 de mayo de 2003,
Por memorial presentado el 29 de mayo de 2003, el recurrente pide dentro del término legal y en la vía de complementación y enmienda, que el Tribunal Constitucional disponga la calificación de la reparación de los daños y perjuicios conforme prevé el art. 93, a fin de que sean calificados de acuerdo a lo prescrito por el art. 91.6) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), toda vez que en su recurso solicitó tal situación.
