demandando la inconstitucionalidad de la Resolución 001/2003 de 24 de febrero, pronunciada por el Tribunal de amparo.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

demandando la inconstitucionalidad de la Resolución 001/2003 de 24 de febrero, pronunciada por el Tribunal de amparo.

Fecha: 15-Jul-2003

I.1.1    Relación Sintética del recurso

Por memorial  presentado el 2 de abril de 2003, corriente a fs. 10,  Miguel Guzmán Montaño en representación CONOCEG Ltda., expresa que dentro del recurso de amparo interpuesto por ENDE S.A. contra la Sala Penal Segunda, se dispuso únicamente anular la resolución que declara la ejecutoria del Auto de Vista de 19 de julio de 2001, manteniendo sin embargo la plena vigencia de las diligencias de notificación a las partes.

Señala que esa determinación “vulnera el debido proceso que se encuentra garantizado por el art. 7, inc. a) de la CPE  cuando se refiere a la seguridad jurídica” (sic), y la decisión que se asuma en el proceso de auxilio judicial depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la mencionada Resolución pronunciada por la Corte de amparo, por lo que solicita que se promueva  el incidente,  conforme dispone el art. 62 inc. 2) de la Ley de Tribunal Constitucional (LTC)