Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0050/2003-ECA
Fecha: 20-Ago-2003
procedente
La Sentencia Constitucional 1102/2003-R de 4 de agosto, revocó la resolución revisada y declaró procedente el recurso planteado por Adolfo Ocampo Melgarejo, Concejal Suplente del municipio de Villazón y en el punto tercero de la parte resolutiva, condenó expresamente al pago de daños y perjuicios al recurrido René Mariscal Cazasola, Presidente del Concejo Municipal de Villazón, a ser calificados de acuerdo con el art. 102.VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), sin que en resolución alguna este Tribunal haya asumido el entendimiento que alude como fundamento de su petitorio.