Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2004-ECA
Fecha: 21-Ene-2004
II.2
II.2 En el encabezamiento de la SC 1916/2003-R se indica claramente que corresponde al Distrito de Cochabamba, y en su parte introductoria señala: “En revisión, la resolución de fs. 922 a 923 pronunciada el 23 de octubre de 2003 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba” (sic), especificándose además los nombres de las partes que intervienen en el presente recurso; sin embargo en la parte resolutiva se consigna que corresponde al Distrito Judicial de Santa Cruz.