I.2. Respuesta al recurso
Corrido en traslado el incidente es respondido por Wilfredo Rojas Rioja solicitando se rechace el incidente habida cuenta de que el mismo art. 61 de la Ley 1836 establece la oportunidad en la que debe plantearse el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial, etc. etc. antes de la ejecutoria de la sentencia, por lo que en el presente caso el incidente está fuera de lugar por cuanto en el caso de autos existe sentencia ejecutoriada.
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- ,
- el recurso sólo procede cuando la disposición legal sobre cuya constitucionalidad exista duda, tenga que ser necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo
- , una sentencia o resolución final a ser aún dictada
- la mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que se estima lesionado; el precepto constitucional que se considera infringido y la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional
- APRUEBA
