I. CONTENIDO DE LA DENUNCIA
Por memorial presentado el 19 de noviembre de 2004, Lilian Ticona Pimentel y Roberto Udaeta España, en representación de la Gerencia Regional de la Aduana de Santa Cruz, manifiestan que en cumplimiento de la SC 888/2004-R dictada dentro del recurso referido en el exordio, los fiscales Oscar Vargas Coria y Esperanza del Carmen Sanjinez, notificaron con los informes de fiscalización que constituyen base del acta de intervención y de la investigación penal aduanera; empero por ello, la Fiscal mencionada fue querellada por los involucrados, supuestamente por desobediencia al referido fallo, no obstante que este Tribunal ordenó que el informe de fiscalización 1256 sea notificado en la fase preparatoria, pretendiendo los querellantes sea la Gerencia Nacional de Fiscalización la que realice dicha notificación, ello con el único objeto de enervar la investigación penal, siendo que en ninguno de los Fundamentos Jurídicos se menciona que el caso deba anularse hasta que la Aduana notifique con el informe, sino por el contrario, el razonamiento jurídico de la decisión es que dicha omisión debe ser subsanada en etapa preparatoria por la autoridad a cargo de la investigación, vale decir, el Ministerio Público.
Explican que antes de interponer la referida querella, los involucrados denunciaron a la fiscal Sanjinez ante la Fiscalía de Distrito, por supuestas faltas muy graves, así como por el delito de desobediencia a resoluciones en los procesos de hábeas corpus y amparo constitucional previsto por el art. 179 BIS del Código penal (CP) y no así contra el otro Fiscal pese a que también dirige la investigación, lo cual perjudica tanto al Ministerio Público como a la Aduana Nacional.
