AUTO CONSTITUCIONAL 103/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 103/2004-CA

Fecha: 19-Feb-2004

autoridad judicial ya ha dictado sentencia,

De los antecedentes que cursan en el expediente se establece que la autoridad judicial ya ha dictado sentencia, encontrándose el proceso ordinario seguido por BOLIVIA MAHOGANY S.R.L. contra el Banco Santa Cruz S.A.,  con un incidente de regulación de honorarios profesionales planteado por Fabián Alejandro Moreno Barrera, fijándose por auto de 6 de enero de 2004 el monto de la subasta, por lo que el proceso se encuentra en ejecución de sentencia; fase en la que Eduardo Añez Paz en representación de BOLIVIA MAHOGANY S.R.L, solicita al Juez de la causa promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra la última parte del art. 535 CPC, con el fundamento de que al prohibir la interposición del recurso de apelación contra la resolución que fija la base de la subasta, atenta contra los derechos al debido proceso legal, la inviolabilidad de la defensa y la propiedad privada, consagrados por los arts. 16-II y IV y 22 CPE; de lo que se infiere que no existe una decisión pendiente en la que el juez tenga que aplicar la disposición legal cuya inconstitucionalidad solicita se promueva; en consecuencia no existe la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la disposición legal con la decisión que deba adoptar la autoridad judicial, por lo mismo no concurre la condición de procedencia del recurso.