AUTO CONSTITUCIONAL 113/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 113/2004-CA

Fecha: 27-Feb-2004

Resolución de 2 de enero de 2004

Juan Carlos Cadima Claure por Zulma Vargas de Lazarte dentro del proceso ordinario seguido por Juan Carlos Flores Peñafiel contra su representada y otro, solicita  al Juez Undécimo de Partido en lo Civil  y Comercial de Santa Cruz, promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra la Resolución de 2 de enero de 2004 pronunciada dentro del proceso ordinario  de desocupación y entrega de inmueble seguido por Juan Carlos Flores Peñafiel en contra de su representada y Bergman Lazarte, argumentando que al disponer la resolución impugnada se libre nuevo mandamiento de desapoderamiento sobre el bien de propiedad de su conferente, el juez de la causa atenta contra sus propios actos  ya firmes y consentidos, por cuanto dejó sin efecto las resoluciones de 11 y 18 de julio de 2003, las que no fueron objetadas por la contraparte, violentando no sólo el derecho constitucional a la propiedad privada, sino el derecho a la seguridad jurídica al revisar sus propias resoluciones, máxime cuando no fueron atacados ni impugnados por la parte a quién supuestamente afectarían, y el derecho al debido proceso legal, porque el juzgador sin previa impugnación  de Juan Carlos Flores Peñafiel quien era la persona legitimada por ley para interponer algún recurso contra las resoluciones de 11 y 18 de julio de 2003, procedió a revisar, anular y dejar sin efecto las mismas en forma ultra petita; derechos que se encuentran consagrados por los arts. 7 inc. a), 16 parágrafo IV y 29 de la Constitución Política del Estado.