SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0441/2004-R
Fecha: 24-Mar-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 23 de diciembre de 2003 (fs. 74 a 75 vta.), el recurrente asevera que el 22 de agosto de 2002 los fiscales Constantino Coca Sejas y Percy Camacho Flores, formalizaron imputación formal contra ex empleados del Fondo de Desarrollo Campesino (FDC) que fue ampliada contra otras personas el 29 del mismo mes y el 15 de octubre del mismo año, dando lugar a que uno de los co-imputados interponga un recurso de amparo que en revisión mereció la SC 0173/2003-R que precisó que en el caso concluía la etapa preparatoria el 15 de abril de 2003; sin embargo, para evitar la conminatoria prevista en el art. 134 del Código de procedimiento penal (CPP), los fiscales pocos días antes de la fecha señalada volvieron a ampliar la imputación contra Jorge Rafful Franco, por lo que la Jueza Cautelar recurrida no dio lugar a la conminatoria solicitada, sin considerar que la etapa preparatoria vencía el 15 de abril de 2003. Señaló que apeló de la negativa de la Jueza de realizar la conminatoria; sin embargo, la Sala Penal declaró inadmisible el recurso en el entendido de que esa clase de resoluciones no admiten apelación.