AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2004-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2004-O

Fecha: 27-Abr-2004

I.1.

I.1. Roberto Fernández Orosco, por memorial presentado el  12 de enero de 2004,  cursante de fojas 13 a 21 del respectivo expediente, interpuso recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, demandando la declaratoria de inconstitucionalidad del art. 10 de  la Ley 2626 de  22 de diciembre de 2003. 

Dicho recurso fue admitido por Auto Constitucional 031/2004-CA, de 19 de enero (fs. 22 a 24),  y se puso en conocimiento de Hormando Vaca Díez, Presidente del Congreso Nacional, como personero del órgano que generó la norma impugnada,  el  26 de enero de 2004,   conforme consta en la diligencia de  fojas 43. La citada autoridad  presentó alegatos a través del escrito presentado el 13 de febrero de 2004 (fs. 50 a 58).

Por AC 123/2004-CA, de 1 de marzo, la Comisión de Admisión dispuso que el Presidente del Congreso Nacional remita como documentación complementaria,  fotocopias legalizadas de los documentos allí señalados. Recibida la  misma el  26 de marzo de 2004, se reanudó el cómputo del plazo para emitir el fallo, siendo su vencimiento el 10 de mayo de 2004.

Por memorial presentado el 23 de abril de 2004, Roberto Fernández Orozco, Diputado Nacional, formula desistimiento del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, “al amparo del artículo 7mo. Inciso h) y artículo 32 de la Constitución Política del Estado; y artículo  41 parágrafo II de la Ley 1836”.