AUTO CONSTITUCIONAL 305/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 305/2004-CA

Fecha: 31-May-2004

rechazan el incidente

Eduardo Rodríguez Veltzé y Carlos Rocha Orozco, Ministros de la Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por Auto Supremo  214 de 15 de mayo de 2004, rechazan el incidente por infundado en consideración a que la resolución impugnada no constituye “resolución no judicial” que permita su control en la vía de constitucionalidad, por cuanto no se adecuan a las características de resolución normativa al constituir un instructivo, quedando fuera del control de constitucionalidad. Asimismo el cuestionamiento expuesto en el recurso respecto de dicha resolución se circunscribe a que la misma habría sido dictada sin competencia, sin que el presente recurso incidental de inconstitucionalidad sea la vía idónea. Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la LTC, es elevada en consulta ante este Tribunal.