Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2004-CDP
Fecha: 08-Jun-2004
I.2.
I.2. Por resolución de 15 de mayo de 2004, el Tribunal de Amparo, en base a los fundamentos contenidos en el Auto Constitucional 15/2004-CDP, a la planilla de costas y a la regulación de Honorario profesional según el Arancel del Colegio de Abogados, calificó la suma de Bs.2.117.04 como daños y perjuicios a favor de la actora con cargo a los recurridos Freddy Zárate Valda y Virginia Villarroel de Molina, Jefe de Espectáculos Públicos y Alcaldesa interina (fs. 650-651).