no existe legitimación de las partes
Por otra parte, la Resolución pronunciada por la autoridad correspondiente, rechazando el incidente de promover el recurso, fue remitida ante este Tribunal en grado de consulta, y no se eleva como un recurso a instancia de parte; por tanto, no existe legitimación de las partes para comparecer ante el Tribunal Constitucional solicitando aclaración, complementación y enmienda del auto a través del cual se absolvió la consulta.
