RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de lo establecido por los arts. 31 inc. 1), 33.I inc. 1) y 81 y 82.III de la LTC, RECHAZA el recurso directo de nulidad interpuesto por Julio Guillermo Fabbri Crespo, en representación de Juan Antonio Morales Anaya y Rodolfo Sucre Alarcón, ex Presidente y ex Gerente de Moneda y Crédito Público del BCB, demandando la nulidad de los Autos Interlocutorios 07/2006, 08/2006, 09/2006, 010/2006 y 011/2006, todos de 8 de febrero.
