en el plazo de 10 días, presente
Por Auto Constitucional 562/2006-CA, de 14 de noviembre, cursante de fs. 64 a 65 del expediente, se dispuso que el recurrente en el plazo de 10 días, presente documentación referida a la acreditación de la personería del recurrente; es decir, demostrar fehacientemente su condición de Diputado Nacional que le confiere legitimación activa para plantear el presente recurso.
