AUTO CONSTITUCIONAL 233/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 233/2006-CA

Fecha: 12-May-2006

POR NO PRESENTADO

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en aplicación de lo dispuesto por el art. 32 de la LTC, dispone tenerse POR NO PRESENTADO el recurso directo de nulidad interpuesto por la Administradora de Fondos de Pensiones “FUTURO DE BOLIVIA S.A.”, representada por Julio Vargas León, Gerente General, y Germán Forguez Ostuni, Gerente Comercial contra Osvaldo Jáuregui Claure, Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros (SPVS), demandando la nulidad de la RA IP 205-A, de 1 de marzo  de 2006.