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    AUTO CONSTITUCIONAL 008/2007-CA-Bis
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 008/2007-CA-Bis

    Fecha: 09-Ene-2007

    I.2. Desistimiento

    El recurrente mediante memorial presentado el 19 de diciembre de 2006, formuló el desistimiento y consiguiente retiró del recurso,  señalando que el Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Chuquisaca (parte recurrida), habría pronunciado Sentencia dentro del proceso principal, mediante la cual se absuelve al recurrente de los supuestos ilícitos endilgados.

    • I.1. Demanda y trámite procesal
    • I.2. Desistimiento
    • está conformado por el Pleno y por la Comisión de Admisión
    • Fragmento 4
    • II.2.  Doctrina Constitucional sobre desistimiento de demanda
    • admiten el desistimiento,
    • al haber desistido

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