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    AUTO CONSTITUCIONAL 017/2007-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 017/2007-CA

    Fecha: 10-Ene-2007

    POR NO PRESENTADO

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en aplicación de lo dispuesto por el art. 32 de la LTC, dispone tenerse POR NO PRESENTADO el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad interpuesto por Humberto Iquiapaza Mendoza, demandando la inconstitucionalidad de la Resolución 169/20006 de 1 de noviembre, emitida por la Corte Nacional Electoral.

    • en el plazo de 10 días, presente
    • se evidencia que las mismas no precisan y por ende no acreditan que Humberto Iquiapaza Mendoza, esté desempeñándose como Diputado Titular o haya ejercido dicha titularidad en la fecha en la planteo el recurso, por cuanto se limitan a establecer su condición de Diputado Suplente y que en tal condición está presidiendo la Comisión de Hacienda de la Brigada Parlamentaria de La Paz.
    • POR NO PRESENTADO

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