SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0191/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0191/2007-R

Fecha: 26-Mar-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 22 de febrero 2007, cursante de fs. 13 a 14 vta., el  recurrente asevera que su hermana Silvia Durán Gonzales a raíz de un accidente que sufrió el 18 de febrero de 2007 al promediar las 16:45, fue ingresada de emergencia a la Clínica Alemana, por lo que preocupado por la salud de su hermana y luego de los gastos que iban a ser módicos fue intervenida quirúrgicamente el mismo día y dada de alta el 21 de febrero de 2007 a horas 11:00; sin embargo, grande fue su sorpresa cuando le pasaron la cuenta que adeudaba llegando  a la suma  de       Bs26 460.- (veintiséis mil cuatrocientos sesenta bolivianos) y ante sus reclamos recibieron evasivas y malos tratos indicándole que su hermana no iba a salir de la Clínica mientras no pague el total de la deuda, no obstante el pedido de rebaja de la cuenta y en su caso firmar un documento de compromiso.

Señala, que el recurrido en su condición de gerente propietario de la Clínica Alemana dispuso que mientras su hermana Silvia Durán Gonzales no cancele no se le permita salir de la indicada Clínica, determinando así su retención, ya que no puede salir encontrándose privada de su libertad contra su voluntad, convirtiéndose dicho lugar en prisión, incurriendo así en el delito de privación de libertad previsto y sancionado por el art. 292 del Código Penal (CP); situación por la que interpone el presente recurso.