Al I.- En atención a lo determinado por el AC 453/2005-CA-Bis
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Al I.- En atención a lo determinado por el AC 453/2005-CA-Bis

Fecha: 24-Jun-2009

De lo expuesto, se concluye que en el recurso incidental de inconstitucionalidad, la parte que plantea el recurso tiene legitimación

De lo expuesto, se concluye que en el recurso incidental de inconstitucionalidad, la parte que plantea el recurso tiene legitimación activa”; en ese entendido y en mérito al testimonio de poder notarial 1400/2007 de 31 de octubre, téngase por apersonado a Adolfo Vera del Carpio en representación de José Humberto Zamora Saavedra, a efecto de hacerle conocer ulteriores providencias.