No obstante de no existir quórum para el pronunciamiento del Auto Constitucional que resuelva la solicitud de retiro del recurso, a objeto de evitar perjuicios, en razón a la manifestación expresa formulada por el recurrente y conforme a la jurisprud
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

No obstante de no existir quórum para el pronunciamiento del Auto Constitucional que resuelva la solicitud de retiro del recurso, a objeto de evitar perjuicios, en razón a la manifestación expresa formulada por el recurrente y conforme a la jurisprud

Fecha: 19-Jun-2009

admiten el desistimiento,

Dicha facultad procesal es aplicable en la jurisdicción constitucional dentro de los recursos que admiten el desistimiento, tal es el caso del recurso de amparo constitucional, siempre y cuando sea expuesto en forma expresa antes del pronunciamiento de la respectiva sentencia constitucional, y no existan razones de orden público o relevancia nacional”.