III. Fundamentos de la disidencia
Según la sentencia glosada, una de las circunstancias en las que no se aplica la subsidiariedad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad, es la vinculada a las dilaciones injustificadas para el tratamiento de las solicitudes vinculadas a la libertad física o personal, como las audiencias de consideración de cesación de la detención preventiva fijadas sin la celeridad debida.
- Magistrado:
- circunstancia en la que excepcionalmente
- recurso que no necesariamente tiene que ser, el hábeas corpus"
- efectivos y oportunos de defensa
- a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes
- se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas,
- II. La SC 0080/2010-R y su carácter unificador de las subreglas de subsidiariedad excepcional del hábeas corpus
- "Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- Al haber privación de libertad y evidente negligencia o dilación por parte de las autoridades que rigen la actividad procesal penal, -por ejemplo si fijan audiencias de consideración con plazos no razonables, la injustificada suspensión, entre otras circunstancias-
- habiendo activado el recurso de reposición y estando en trámite el mismo en la jurisdicción ordinaria, de manera paralela active la acción de libertad
- III. Fundamentos de la disidencia
- indistintamente,
- manera inmediata
- empero
