Juristeca
Juristeca País
    Sentencia: 0017/2010
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    Sentencia: 0017/2010

    Fecha: 06-Dic-2010

    aún no admitidos

    Conforme a dicho entendimiento, los recursos dentro del ámbito de control normativo de constitucionalidad aún no admitidos que estaban en la Comisión de Admisión para su estudio antes del inicio de las labores jurisdiccionales de este Tribunal Constitucional en la gestión 2010, fueron rechazados, con el argumento antes anotado, es decir que al estar basados en normas de la Constitución abrogada, carecían de fundamento jurídico constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.

    • I.1. Normas impugnadas en el recurso directo de inconstitucionalidad y Admisión del recurso.
    • improcedente
    • II. FUNDAMENTOS DE LA DISIDENCIA
    • II.1. La competencia del Tribunal Constitucional transitorio para el conocimiento de los recursos pendientes dentro del ámbito del control normativo de constitucionalidad.
    • abrogó
    • 1.
    • Fragmento 7
    • II.2. La aplicación de la Constitución vigente y la posibilidad de analizar el fondo del problema planteado en el recurso directo de inconstitucionalidad
    • respecto al contenido material de una norma,
    • el examen de constitucionalidad de la ley debe hacerse a la luz de la Carta vigente.
    • aún no admitidos
    • ya admitió el recuro en el ámbito del control normativo de constitucionalidad
    • 2.
    • 3.
    • 4.
    • 5.
    • Constitución abrogada
    • II.3. El caso analizado

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca