la presente acción de amparo constitucional, el sábado 27 de junio de 2009 a hrs. 10:00, conforme se advierte en la diligencia cursante a fs. 50 del expediente; en consecuencia, y conforme a lo establecido en el AC 0107/2006-RCA de 7 de abril, tenía
Fecha: 25-Ene-2011
Adalberto Durán Natusch
De la revisión de los antecedentes en la acción de amparo constitucional interpuesto por Adalberto Durán Natusch contra Ignacio Franco Semo, Director Departamental del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), se evidencia que el accionante fue notificado con la Resolución de 26 de junio de 2009, que rechazó in límine la presente acción de amparo constitucional, el sábado 27 de junio de 2009 a hrs. 10:00, conforme se advierte en la diligencia cursante a fs. 50 del expediente; en consecuencia, y conforme a lo establecido en el AC 0107/2006-RCA de 7 de abril, tenía tres días hábiles para impugnar; no obstante, el accionante no hizo uso de dicho medio, por lo que no correspondía la remisión del expediente al Tribunal Constitucional, para su revisión por parte de la Comisión de Admisión. En mérito a lo expuesto, por Secretaría General, devuélvase la presente acción de amparo constitucional al Juez de Partido de Santa Ana de Yacuma del Distrito Judicial de Beni, constituido en Juez de garantías, a efecto que se proceda al correspondiente archivo de obrados, con la aclaración de que en la presente causa la Comisión de Admisión solo se ha referido a cuestiones procesales.