Sentencia: 1799/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1799/2010-R

Fecha: 13-Ene-2011

III. La SC 1799/2010-R que motiva la disidencia

Si bien es evidente que en el presente caso, el término de los seis para la formulación del recurso de amparo constitucional excedió con un día, inclusive efectuando el cómputo desde la notificación -a la parte  recurrente- con la Resolución de la solicitud de explicación, complementación y enmienda; empero, resulta necesario hacer notar que la Sentencia Constitucional objeto de la presente disidencia, basa su fundamento en la SC 0521/2010-R de 5 de julio, Resolución que fue objeto de disidencia por parte del Magistrado suscribiente, al considerar que ésta efectúa una interpretación restrictiva del art. 129.II de la Constitución Política del Estado.

Por los fundamentos reiterados inicialmente, dicho razonamiento no es compartido por el Magistrado que suscribe, puesto que si bien la resolución de enmienda, complementación o aclaración, no se constituye en una decisión que pueda modificar el fondo de lo resuelto, no es menos evidente que la misma es parte y continuación de la resolución que supuestamente causó agravio, pues en la medida en que exista la posibilidad de enmienda, aclaración o complementación de la principal, no es posible considerar como agotada la instancia judicial o administrativa.