Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
De la revisión de los antecedentes en la presente acción de amparo constitucional, se evidencia que la accionante fue notificada con el Auto 175/2011 de 4 de octubre, que declaró su rechazo
Fecha: 21-Nov-2011
devuélvase la presente acción de amparo constitucional
Por consiguiente, a través de Secretaría General, devuélvase la presente acción de amparo constitucional a la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, a efecto que se proceda al correspondiente archivo de obrados; con la aclaración que en la presente causa la Comisión de Admisión sólo se ha referido a cuestiones procesales.