SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1896/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
III.3. Análisis del caso concreto
Conforme a la jurisprudencia glosada precedentemente, quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que la ley prevé, y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional mediante el recurso de acción de libertad, que, como se ha señalado, es el recurso idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso siempre que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad.
El accionante, solicitó a la Jueza demandada la modificación de la medida substitutiva de detención domiciliaria con custodia policial emitida en su contra, debido a la carencia de personal policial para dicho cometido; sin embargo, la Jueza demandada ratificó dicha determinación, a lo cual el accionante debió presentar en el plazo previsto el recurso de apelación incidental conforme prevé el art. 403 del Código de Procedimiento Penal (CPP), toda vez que contaba con un medio idóneo, eficaz, pronto e inmediato para resolver la determinación de la Autoridad demandada, ya que su situación jurídica era la de detenido preventivamente; por consiguiente, si pretendía modificar su situación debió cumplir las medidas impuestas o si no estaba de acuerdo, acudir en apelación conforme establece la ley adjetiva penal. Cabe precisar que además el accionante no se encontraba en estado de indefensión ya que conforme se observa en los antecedentes del expediente, en todo momento el accionante asumió plena defensa de sus derechos y garantías constitucionales.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.
- Fragmento 10
- III.3. Análisis del caso concreto