, se evidencia que el accionante fue notificado, con la Resolución de 34/09 de 7 de septiembre de 2009, emitida por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró la improcedencia de la acció
Fecha: 03-Feb-2011
Freddy Sinka Espejo
De la revisión de antecedentes de la acción de amparo constitucional interpuesta, por Freddy Sinka Espejo en representación de Juan Fernando del Granado Cosio, Alcalde Municipal de La Paz contra Ramiro Sánchez Morales y Hugo Jauregui Ortega, Vocales de la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, se evidencia que el accionante fue notificado, con la Resolución de 34/09 de 7 de septiembre de 2009, emitida por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, el viernes 11 de septiembre de 2009 a hrs. 14:47, conforme se advierte en la diligencia cursante a fs. 104 del expediente; habiendo presentado memorial de impugnación (fs. 105 a 113 vta.) el miércoles 16 de septiembre de 2009 a hrs. 15:35 (fs. 113 vta.).