De la revisión de antecedentes de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Guillermo Escobari Cusicanqui contra Juan del Granado, Alcalde Municipal y Luís Revilla Presidente del Concejo Municipal, ambos del municipio de La Paz, se evidenci
Fecha: 04-Feb-2011
a, 4 de febrero de 2011
De la revisión de antecedentes de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Guillermo Escobari Cusicanqui contra Juan del Granado, Alcalde Municipal y Luís Revilla Presidente del Concejo Municipal, ambos del municipio de La Paz, se evidencia que, el accionante fue notificado, con la Resolución 71/2009 de 1 de agosto de 2009, que declaro la improcedencia in límine de la acción de amparo constitucional, emitida por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, el viernes 7 de agosto de 2009 a hrs. 15:40, conforme se advierte en la diligencia cursante a fs. 50 del expediente; habiendo presentado memorial de impugnación, el viernes 14 de agosto de 2009 a hrs. 14:45 (fs. 56 a 57).