En atención al memorial de retiro de la Acción de Amparo Constitucional presentado por Martina Araviri de Aranibar el 20 de noviembre de 2009, cursante a fs. 89, y al Auto 105/2009 de 21 de noviembre, emitido por la Sala Civil Primera de la Corte Sup
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En atención al memorial de retiro de la Acción de Amparo Constitucional presentado por Martina Araviri de Aranibar el 20 de noviembre de 2009, cursante a fs. 89, y al Auto 105/2009 de 21 de noviembre, emitido por la Sala Civil Primera de la Corte Sup

Fecha: 04-Feb-2011

devuélvase la presente acción de amparo constitucional

En atención al memorial de retiro de la Acción de Amparo Constitucional presentado por Martina Araviri de Aranibar el 20 de noviembre de 2009, cursante a fs. 89, y al Auto 105/2009 de 21 de noviembre, emitido por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, que cursa a fs. 90, por el cual se acepta el retiro del recurso; por Secretaría General, devuélvase la presente acción de amparo constitucional a la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, a efecto que se proceda al correspondiente archivo de obrados, con la aclaración de que en la presente causa en la Comisión de Admisión sólo se ha referido a cuestiones procesales.