SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0105/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Su representado se encuentra detenido preventivamente en el recinto penitenciario de El Abra, desde el 26 de septiembre de 2002, dentro del proceso penal por la supuesta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, en el que fue condenado a la pena privativa de libertad de seis años y ocho meses; sin embargo, la Sentencia condenatoria que pesa en su contra, no fue recurrida de apelación por su parte, sino quienes apelaron fueron otras coprocesadas -que se encuentran en libertad-, sin que hasta la fecha de presentación de la acción de libertad, la Sentencia hubiese adquirido calidad de cosa juzgada.
En ese entendido, al estar detenido más de cinco años; es decir a dos años de cumplir su condena que no fue ejecutoriada, transcurrió más del tiempo establecido por el Código de Procedimiento Penal para la duración máxima del proceso, correspondiendo la extinción de la acción penal, en aplicación del art. 27 inc. 10) del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. La configuración de la acción de libertad en la Constitución vigente
- 1.
- en materia penal
- III.3. Sobre las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.4. El caso concreto analizado
- APROBAR