por no haber conocido el presente asunto”
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010; hace constar que la SC 2028/2010-R de 9 de noviembre, en la parte in fine deberá consignar lo siguiente: “No interviene la Magistrada, Dra. Ligia Mónica Velásquez Castaños, por no haber conocido el presente asunto”; modificación que corresponderá sea incluida en la Gaceta Constitucional y corregida en el Sistema de Gestión Procesal.
