Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
se evidencia que el accionante fue notificado, con la Resolución 036/2009 de 1 de septiembre, emitida por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró la improcedencia
Fecha: 10-Mar-2011
Juan Luís Rocabado Zabala
De la revisión de los antecedentes en la presente acción de protección de privacidad, interpuesta por Juan Luís Rocabado Zabala contra Oscar Nina, Director de la FELCN y otro., se evidencia que el accionante fue notificado, con la Resolución 036/2009 de 1 de septiembre, emitida por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró la improcedencia in límine la acción de protección de privacidad, el jueves 3 de septiembre de 2009 a hrs.15:10, conforme se advierte en la diligencia cursante a fs. 19 del expediente; habiendo presentado memorial de impugnación (fs.23 y vta.) el 11 de septiembre de 2009 a hrs. 15:30 (fs. 24).