Magistrado Relator: Dr. Marco Antonio Baldivieso Jinés
Dentro del término previsto en el art. 47.II de la Ley del Tribunal Constitucional, el suscrito Magistrado, reitera su adhesión a los fundamentos del voto disidente presentado por el Decano Dr. Abigael Burgoa Ordóñez, en la SC 1716/2010-R de 25 de octubre, que sostiene la falta de competencia de la Corte Suprema de Justicia para conocer y consiguientemente tramitar las solicitudes de excepciones de extinción en la acción penal; misma que está referida en la SC 2081/2010-R y que motiva la disidencia.
