Magistrado:
Dentro del término previsto en el art. 47.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el suscrito Magistrado, reitera su adhesión a los fundamentos del voto disidente presentado por el Decano Dr. Abigael Burgoa Ordóñez a la SC 0309/2010-R de 7 de junio de 2010, la cual sirve de fundamento a la Sentencia Constitucional 0176/2011-R, objeto de la disidencia.
