Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0207/2012-CA
Fecha: 23-Mar-2012
el 24 de noviembre de 2010 (fs. 12 vta.),
En el caso concreto, la recurrente impugna la “Sentencia Disciplinaria” 001/2009, emitida por el Tribunal Sumariante de la Dirección Distrital de La Paz y la Resolución 455/2010, pronunciada y ratificada por el Pleno, ambos del Consejo de la Judicatura, evidenciándose de acuerdo a los antecedentes aparejados al expediente, que la actora fue notificada en última instancia con la Resolución 455/2010, que aparentemente le causó agravio, el 24 de noviembre de 2010 (fs. 12 vta.), interponiendo el presente recurso directo de nulidad después de más de un año; es decir, el 2 de febrero de 2012, fuera de plazo de los seis meses que establece el art. 159 de la LTC.