AUTO CONSTITUCIONAL 0214/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0214/2012-CA

Fecha: 30-Mar-2012

I.2. Ausencia de requisitos formales de admisibilidad

En la presente acción de control normativo, la Comisión de Admisión constato que el accionante, Pedro Nuny Caity, no acreditó debidamente su condición de Diputado titular o suplente de la Asamblea Legislativa Plurinacional; por cuanto, no adjuntó la credencial expedida por el Órgano Electoral, sea en original o fotocopia legalizada, que certifique tal extremo.

      Por consiguiente, en el caso de autos, el accionante no dio cumplimiento al requisito previsto en el art. 105.1 de la LTCP, referido a la acreditación de la personería; toda vez que, dicho requisito de carácter formal, debe ser acreditado por medio de un documento válido y no mediante una simple fotocopia, sin ningún valor legal.