Por AC 0096/2012-CA de 27 de febrero, se dispuso que en el plazo de diez días, el recurrente
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Por AC 0096/2012-CA de 27 de febrero, se dispuso que en el plazo de diez días, el recurrente

Fecha: 27-Abr-2012

subsane

Por AC 0096/2012-CA de 27 de febrero, se dispuso que en el plazo de diez días, el recurrente subsane las deficiencias formales observadas referidas a la presentación de copias, fotocopias legalizadas o testimonio de la resolución gravosa a su interés; a la presentación de copia del memorial a través del cual solicitó un ejemplar de la resolución y acta impugnada, y finalmente acompañar una constancia o acreditación del instante en que se dio por notificado, advirtiendo que en caso de incumplimiento, se tendrá por no presentado el recurso (fs. 46 a 48).

A través del informe SG/TCP/SP 09/2012 de 26 de marzo, el Secretario General del Tribunal Constitucional Plurinacional hace saber que con el citado AC 0096/2012-CA, se notificó vía fax y mediante cédula (fs. 49 a 51), al recurrente Marcelino Ciriaco Arratia Espinal en fecha viernes 9 de marzo de 2012, quien sin embargo hasta la fecha de emisión de dicho informe, no subsanó los defectos formales advertidos (fs. 52).