Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0678/2012-CA
Fecha: 30-Jul-2012
SUBSANAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo dispuesto por el art. 55 de la LTCP, dispone que el recurrente, Roger Ramírez Calle, en el plazo de diez días hábiles, se sirva SUBSANAR las deficiencias formales observadas, bajo conminatoria de tener por no presentado el recurso.