AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2012-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2012-ECA

Fecha: 26-Jul-2012

I. DE LA ENMIENDA

La enmienda estipulada en el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), ha sido instituida como un medio que tienen tanto el accionante como el demandado, para pedir que el Tribunal Constitucional Plurinacional corrija errores materiales. Asimismo, en base a las mismas normas este Tribunal también tiene esa facultad para corregir de oficio dichos errores para el caso de constatarlos en forma posterior a la emisión de la sentencia, lo que significa, que no es un medio para que se cambie la decisión en el fondo.